Editorial

Ley Uber y la promoción de la libre competencia

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El surgimiento de nuevas tecnologías que permiten el funcionamiento de economías colaborativas ha generado una natural tensión con los prestadores tradicionales de algunos servicios y, por cierto, con la regulación que debe adecuarse a los nuevos actores.

Este desarrollo ha creado, entre otras, empresas de transporte que no son dueñas de los vehículos y en donde los conductores eligen el momento cuando se conectarán a la plataforma para prestar sus servicios. Esto último ha motivado un gran debate en varios países sobre la condición de dicho conductor y su relación laboral con la plataforma, lo que también ha ocurrido en Chile y aún está en discusión en diferentes sedes.

El transporte tradicional de pasajeros no ha estado exento de restricciones a la oferta y es así que, en nuestro país, el parque automotor de taxis básicos y colectivos fue congelado originalmente en 1998; dicha disposición ha sido prorrogada cuatro veces, permitiéndose leves expansiones del parque de acuerdo al criterio del Ministerio de Transporte. Una versión más extrema de esta restricción es el sistema de medallón de los taxis de Nueva York, que se llegan a transar en miles de dólares, ya que su tenencia permite ofrecer el servicio en un mercado limitado.

La denominada Ley Uber y su reglamento contienen elementos que están siendo cuestionados, al implicar eventualmente exigencias para los prestadores del servicio que van más allá de una regulación preocupada por el buen servicio, y que podrían limitar de manera inadecuada la oferta competitiva, tales como la cilindrada del vehículo o el cierre del registro que se realizaría algunos meses después de iniciado el nuevo sistema. De hecho, algunas de estas exigencias han sido modeladas por centros de investigación y auguran una reducción sustancial de la oferta, en particular en zonas rurales y regiones extremas.

El rol del regulador es lograr un equilibrio virtuoso que permita el desarrollo de un nuevo sector prestador de servicios, en condiciones de seguridad adecuadas y alentando que la libre competencia esté presente en todo el nuevo ecosistema, en beneficio de oferentes y consumidores. El Ministerio de Transportes debe abrirse a introducir cambios al reglamento de la Ley Uber.

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